La justicia en Guatemala, bajo reserva
Jovita Tzul en su oficina en ciudad de Guatemala. Foto © Simón Antonio Ramón.
Entrevista • Simón Antonio Ramón • 26 de junio, 2025 • Read in English
Desde finales de abril, hay dos presos políticos más en Guatemala de los cuales pocos hablan. Ambos son hombres de alto perfil, uno de ellos forma parte del gabinete del presidente de la República. Pero tras su detención, sus procesos penales han sido reservados de forma inusualmente estricta, lo cual significa que no se puede dar a conocer lo que pasa en la corte.
Se trata de Luis Pacheco y Héctor Chaclán. Pacheco fue presidente del Concejo de la Junta de Alcaldes de los 48 Cantones de Totonicapán durante el periodo de 2023 y actualmente es miembro del gabinete del presidente Bernardo Arévalo. Caclán fue el tesorero de la Junta de los 48 Cantones en el mismo periodo. Ambos fueron detenidos a finales de abril acusado de terrorismo y asociación ilícita por el Ministerio Público (MP) de Guatemala.
Pacheco tuvo un papel importante durante el levantamiento comunitario indígena iniciado en marzo de 2023 con motivo del intento del gobierno del entonces presidente Alejandro Giamattei de incrementar la recaudación fiscal obligando a pequeñxs comerciantes a incorporarse al sistema tributario.
Las protestas escalaron cuando diferentes actores políticos intentaron impedir el avance del Movimiento Semilla, encabezado por Arévalo, a la segunda vuelta de las elecciones presidenciales, que tuvieron lugar el 20 agosto de 2023. Entonces, los 48 Cantones de Totonicapán junto a otras asociaciones de autoridades indígenas paralizaron Guatemala en defensa de la democracia y el orden constitucional a partir del 2 de octubre de 2023 al 15 de enero de 2024 en horas de la madrugada.
Poco se sabe acerca del proceso legal que enfrentan Pacheco y Chaclán, ligados a proceso por un juzgado de turno por los delitos de terrorismo y obstrucción a la acción penal. El 9 de junio se conoció que la Sala Cuarta de Apelaciones les agregó un tercer delito, asociación ilícita. La fiscalía ha prohibido que se conozcan los detalles recurriendo a la figura de reserva de procesos penales.
El 13 de junio, entrevisté en la ciudad de Guatemala a la abogada Maya K’iche’ Jovita Tzul, abogada litigante en temas de pueblos indígenas y justicia transicional que ha participado en procesos legales de casos tan graves como el del llamado Diario Militar o la masacre de Alaska. Tzul abordó cómo esta figura legal ha sido usada de manera arbitraria por parte del MP, jueces y magistrados en diferentes casos de criminalización como el de Pacheco y Chaclán. Nuestra plática ha sido editada por claridad y extensión.
Simón Antonio Ramón: ¿En qué consiste la reserva de casos penales y cuándo comenzó a implementarse?
Jovita Tzul: Es una figura procesal que existe en la ley guatemalteca que limita el acceso público de una investigación judicial. Puede usarse en los casos en los que la publicidad de una investigación pueda entorpecer la búsqueda de justicia. Tiene dos requisitos: el primero es que no se haya dictado un auto de procesamiento contra una persona. Mientras la investigación se esté llevando a cabo sin haber implicado a nadie, el proceso puede estar bajo reserva, pero cuando una persona ya está ligada a proceso y se emite un auto de procesamiento, la reserva tiene que cesar justamente por la garantía de la publicidad.
Desde la creación del Código Procesal Penal, el artículo 314 establece que las actuaciones son reservadas para las partes. Cuando se da la reforma de un sistema inquisitivo a un sistema acusatorio, el proceso se vuelve público, porque uno de sus pilares fundamentales es la publicidad.
Pero, cuando se empezó a investigar estructuras criminales que estaban enquistadas en el Estado por la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), se empezó a utilizar la figura de la reserva porque se estaban investigando funcionarios que estaban haciendo gobierno. Cuando se crea la Ley contra la Delincuencia Organizada en su artículo 18, también se establece la reserva de las actuaciones por el tipo de métodos de investigación que tiene esta ley.
Sin embargo, en los casos que conocemos actualmente de criminalización de periodistas, defensores de derechos humanos y autoridades indígenas, se usa la reserva ya no con la naturaleza con la que fue creada.
La ley es clara sobre qué está en reserva, sobre las actuaciones, o sea, se refiere a la investigación. En lo que no hay un criterio es si eso abarca también a las circunstancias procesales, por ejemplo, decir, se señaló una audiencia; eso es una circunstancia meramente procesal, no afecta a la investigación.
SAR: A partir del año 2022 a la fecha, el MP y el sistema de Justicia comenzó a darle uso. ¿Por qué se dice que se ha abusado de esta figura y qué implica para el debido proceso?
JT: El uso excesivo y arbitrario de las reservas desde ya violenta el debido proceso. En Guatemala, la Constitución prohíbe que cualquier persona sea juzgada en un tribunal secreto.
Podemos observar que el sistema de justicia tiene una doble finalidad: una finalidad sancionadora, aparentemente para la persona que está siendo juzgada, pero también tiene una finalidad pedagógica, y es en esa parte en donde la sociedad tiene el derecho de informarse. Entonces, si hay un secretismo para llevar un proceso, eso ya constituye una violación al debido proceso.
SAR: En los casos donde la reserva fue más recurrente fue contra operadores de Justicia a partir del 2022 e investigadores de la CICIG, que investigaron casos de corrupción dentro de las instituciones del Estado. ¿En el caso de pueblos indígenas se ha conocido alguno donde se haya juzgado bajo reserva?
JT: Solamente se han dado algunas investigaciones en las fiscalías del Crimen Organizado, principalmente en Xalapán, Jalapa, en San Juan Sacatepéquez, Santa Cruz Barillas; se iniciaron procedimientos en contra de algunos líderes y autoridades comunitarias por temas de plagio, secuestro, asociación ilícita en el marco de proyectos extractivos.
La reserva se utilizó para llevar a cabo las investigaciones. En esos casos, al momento de detener a las personas la reserva tuvo el fin que establece la ley. Sin embargo, casos actuales como se conoció públicamente de las dos exautoridades de 48 Cantones de Totonicapán —Luis Pacheco y Héctor Chaclán—, sí se está juzgando el proceso bajo reserva, cuando ya tuvieron su audiencia de primera declaración en abril.
SAR: ¿Estos casos podrían convertirse en una referencia para futuros procesos penales con esa finalidad de criminalizar a ciertas personas o grupos?
JT: Definitivamente, por eso es necesario decir que estamos en una regresión de las garantías procesales y constitucionales. Porque cuando se usa de forma arbitraria la reserva como se ha usado en este caso y también en los de José Rubén Zamora, Stuardo Campo, Virginia Laparra, Claudia González, ya estamos generando un patrón de, por lo menos, cinco procesos. La repetición de estos patrones permite que la sociedad los normalice.
Si no hay un debido proceso, no se cumple con la garantía del derecho de defensa. Insisto, la publicidad es un elemento que debe garantizarse para un efectivo derecho de defensa. Es distinto cuando la parte sindicada [acusada] pide que no se haga público su proceso, pero en la mayoría de los casos, son los sindicados los que piden que su proceso sea público.
SAR: La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), ha señalado que estos casos no tienen sustento jurídico, lo que me lleva a algunos procesos que se conocen en los departamentos en donde los jueces impiden la publicidad. ¿Qué patrón hay ahí?
JT: Es una arbitrariedad. En el interior yo he litigado muchas veces y hay una negativa de los jueces a que su actuar sea puesto al escrutinio en la sociedad. Ese es en realidad el temor y se excusan por un tema de seguridad, por la seguridad del órgano jurisdiccional y de sus trabajadores, o incluso de la misma fiscalía, mandan que no se hagan públicas las audiencias y eso pues no tiene asidero.
Lamentablemente, en el sistema de justicia guatemalteco, además de un retroceso, se vive un clima de impunidad. Hay jueces o funcionarios del MP que se sienten con toda la impunidad para actuar de forma arbitraria, sabiendo que no van a tener consecuencias. Es un círculo vicioso que crece, justamente por eso hablaba de la función educadora, porque si sucedió en un caso va a suceder en otro y entonces se empieza a normalizar.
SAR: Si bien dice que no hay suficiente discusión sobre este tema, ¿quiénes están discutiendo? ¿Y dónde debe alcanzarse esa discusión?
JT: Yo creo que esta discusión tiene que llegar a un plano constitucional. Entre ponderar si una solicitud de una investigación secreta es superior al principio de publicidad garantizado en la Constitución y también en tratados internacionales.